OBJETO: Ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y destinadas a promover el desarrollo de nuevas actividades por cuenta propia de personas desempleadas que hayan perdido su empleo desde la fecha de inicio del estado de alarma.
BENEFICIARIOS: Personas físicas desempleadas que hayan perdido su empleo desde la fecha de inicio del estado de alarma hasta la fecha que se determine en la convocatoria correspondiente y que inicien una nueva actividad económica por cuenta propia.
CANTIDAD A PERCIBIR:
- Inicio de actividad: hasta 5.000 €, con un gasto mínimo justificado de hasta 2.000 € en bienes muebles.
- Contratación de servicios externos para el desarrollo de su actividad relacionados con la digitalización y/o teletrabajo: hasta 3.000 €.
- Formación en teletrabajo, nuevas tecnologías y venta on-line: hasta 2.000€.
REQUISITOS:
- Haber solicitado el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, antes de presentar la solicitud de subvención.
- Estar inscrito como desempleado, no ocupado, en el Servicio Público de Empleo el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, y cuya situación de desempleo provenga de un despido o cese en una actividad por cuenta propia, que haya tenido lugar entre la fecha de declaración de estado de alarma, 14 de marzo de 2020, y la fecha de finalización de dicho estado.
- Mantenimiento de la actividad durante al menos 12 meses.
PLAZO DE SOLICITUD: DOS MESES contados DESDE LA FECHA DE ALTA EN EL RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, si bien, las solicitudes se habrán de presentar desde el 26 de mayo de 2020 hasta el 30 de octubre de 2020.
Una vez más y como siempre, en MINAGRIND ESTAMOS A VUESTRA ENTERA DISPOSICIÓN. De momento, vamos a por ello, unidos juntos, con todas las fuerzas, con todos los ánimos!